capitulo I - Disposiciones generales
Artículo 22 Bis
Ley Federal del Trabajo
LFT
ley
laboral
Titulo SEGUNDO - Relaciones Individuales de Trabajo › Capitulo I - Disposiciones generales
Párrafo 1
Queda prohibido el trabajo de menores de quince años; no podrá utilizarse el trabajo de mayores de esta edad y menores de dieciocho años que no hayan terminado su educación básica obligatoria, salvo los casos que apruebe la autoridad laboral correspondiente en que a su juicio haya compatibilidad entre los estudios y el trabajo.Artículo adicionado DOF 30-11-2012. Reformado DOF 12-06-2015